EL BAYERN DE MúNICH PODRíA SER SANCIONADO POR UEFA

Veremos si las protestas vertidas anoche por los jugadores del Bayern de Múnich a la conclusión del encuentro de anoche tiene consecuencias disciplinarias. Quejas por la decisión en el gol anulado a De Ligt porque había pitado el asistente previamente un posible fuera de juego previo en el inicio de la jugada. Una decisión errónea al no dejar acabar la jugada para la entrada del VAR y del fuera de juego semiautomático. Pero al pitar el árbitro polaco inhabilita todo posterior. 

Tanto el gol como cualquier intervención de la tecnología queda inhabilitada al haber pitado previamente. Una decisión que desde el máximo organismo del fútbol europeo consideran que es un error y debería haber dejado que la acción concluyera. De hecho, la normativa de UEFA deja claro que las decisiones arbitrales en el campo son inamovibles salvo los errores de identidad. En concreto el Artículo 9 relativo al "alcance disciplinario de las decisiones tomadas por el árbitro". En el punto 2 argumenta que "las decisiones tomadas por el árbitro en el terreno de juego son definitivas y no podrán ser revisadas por los órganos disciplinarios de la UEFA".

Solo en los casos de error de identidad es cuando pueden actuar los órganos disciplinarios: "En los casos en que una decisión del árbitro implique un error obvio (por ejemplo la identidad de la persona sancionada), sólo las consecuencias disciplinarias de dicha decisión podrán ser revisadas por los órganos disciplinarios de la UEFA. En caso de identidad errónea, el procedimiento disciplinario sólo podrá incoarse, conforme al presente reglamento únicamente contra la persona que haya cometido la falta".

Veremos ahora si las manifestaciones vertidas anoche por el técnico Tuchel como algunos de los jugadores bávaros están dentro de una "conducta que sea insultante o infrinja de otro modo las normas básicas de una conducta decente" o desde otro punto del Código Disciplinario donde considera sancionable "que utilice los acontecimientos deportivos para manifestaciones de carácter no deportivo" o "cuya conducta desacredite el deporte del fútbol y a la UEFA en particular".

Todo depende de si UEFA decide abrir un expediente a raíz de las declaraciones vertidas por el equipo alemán. Empezando por Tomas Tuchel o jugadores como De Ligt, Müller etc...

El Código Disciplinario establece dos posibles sanciones en su artículo 15. Por un lado establece "suspensión durante dos partidos de competición o un período determinado por lenguaje abusivo a un árbitro". En otro punto del artículo fija incluso un partido más en caso de insulto al colegiado: "Suspensión por tres partidos de competición o por un periodo determinado por insultar a un árbitro". Ahora queda en manos de la UEFA sancionar o no.

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